Control horario y registro de jornada

Registro de jornada digital, listo para cualquier inspección

Desde 2019 todas las empresas tienen que registrar cada día la hora de entrada y salida de su plantilla, y el Ministerio de Trabajo prepara un real decreto que obligará a hacerlo en formato digital. Te implantamos un software de control horario con fichaje desde el móvil y, si llevamos tus nóminas, conectamos las horas con ellas.

Qué incluye

  • Fichaje desde el móvil, el ordenador o una tablet en el centro de trabajo
  • Registro diario de entrada y salida de cada trabajador
  • Historial de cambios y conservación de los registros durante cuatro años
  • Informes listos para entregar a la Inspección de Trabajo
  • Vacaciones, ausencias y bajas en el mismo sistema
  • Control de horas extra
  • Acceso de cada trabajador a sus propios registros
  • Alta de la plantilla, configuración y formación por nuestra parte
  • Respuesta en 2 días laborablesPor teléfono, WhatsApp o email. Sin pasar por tres personas para que te digan "lo miro y te digo".
  • Presupuesto cerradoTe decimos cuánto pagas al mes y qué incluye, por escrito. Sin extras que aparecen en la factura de enero.
  • Te ayudamos con el cambioTe decimos qué documentación pedir a tu gestoría anterior, revisamos lo presentado y te guiamos en el cambio de apoderamientos.
  • Sabes lo que vas a pagar antes del día 20Con la contabilidad al día te avisamos del importe estimado de IVA e IRPF antes del cierre del trimestre.

Cómo empezamos

Tres pasos y te olvidas

  1. 1
    Nos dices cómo trabajáisNúmero de trabajadores, centros, turnos y si alguien trabaja fuera de la oficina.
  2. 2
    Lo configuramosDamos de alta la empresa y la plantilla, los horarios y el calendario laboral.
  3. 3
    Tu equipo ficha desde el primer díaFormación rápida para los trabajadores y soporte de tu gestoría cuando haga falta.

Lo que dice la ley

Registrar la jornada no es opcional, y va a ser digital

Obligatorio desde 2019

El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a registrar cada día el inicio y el final de la jornada de cada trabajador, y a conservar los registros cuatro años.

Multas de 751 a 7.500 €

No llevar el registro es una infracción grave. La sanción puede crecer según el número de trabajadores afectados.

El registro digital está en camino

Trabajo prepara un real decreto que exigirá un registro digital, consultable a distancia por la Inspección y con rastro de cualquier cambio. A octubre de 2026 está pendiente de aprobación.

Solicita información

Cuéntanos cuántos sois y te lo dejamos funcionando

Con estos datos te preparamos una propuesta para tu plantilla. Sin compromiso.

  • Configuración y alta de la plantilla por nuestra parte
  • Fichaje desde el móvil, también fuera de la oficina
  • Informes listos para la Inspección de Trabajo
  • Conectado con tus nóminas si las llevamos nosotros

¿Prefieres hablar?

Datos de la empresa
Persona de contacto

Sin compromiso. Te contactamos en 2 días laborables.

Dudas

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio registrar la jornada?

Sí. Desde el 12 de mayo de 2019 (Real Decreto-ley 8/2019) todas las empresas, sea cual sea su tamaño, deben registrar a diario el inicio y el final de la jornada de cada trabajador y conservar esos registros durante cuatro años.

¿Qué cambia con el nuevo registro horario digital?

El Ministerio de Trabajo prepara un real decreto que obligará a que el registro sea digital, a que la Inspección pueda consultarlo a distancia y a que quede rastro de cualquier modificación. A octubre de 2026 todavía no se ha aprobado. Con un software de control horario ya cumples esos requisitos cuando lleguen.

¿Qué multa hay si no registro la jornada?

No llevar el registro, o llevarlo mal, es una infracción grave de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, con multas de 751 a 7.500 euros.

¿Sirve para quien no trabaja en la oficina?

Sí. Los trabajadores fichan desde el móvil, también en obra, en ruta, con clientes o teletrabajando.

¿Qué ventaja tiene que lo implante mi gestoría?

Que lo configuramos con tu convenio y tu calendario, y si también llevamos tus nóminas, las horas extra, las vacaciones y las ausencias llegan directamente a la nómina sin pasar papeles.

Normativa de facturación

La factura electrónica entre empresas ya tiene fecha. Verifactu llegará con ella.

Las fechas de Verifactu se han movido cuatro veces, pero la obligación de facturar con un programa adaptado llega igual. Si facturas con Word, Excel o un programa antiguo, cambia ahora sin prisas. Nuestros clientes ya facturan con Billin, preparado para las dos normas.

Qué te toca y cuándo
  • 6 oct 2026En vigor la orden que pone en marcha la factura electrónica entre empresas
  • Oct 2027Factura electrónica obligatoria si facturas más de 8 millones al año
  • Oct 2028Factura electrónica para el resto de empresas y autónomos. Verifactu, anunciado para la misma fecha (pendiente de BOE)

¿Hablamos de tu caso?

Dos minutos de formulario. Presupuesto cerrado en 48 horas laborables.

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